Este jueves 6 febrero de 2025 se desarrolla en ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ una nueva jornada de Día sin Carro y sin Moto. Incumplir esta disposición acarrea una multa de 604.100 pesos, además de la inmovilización del vehículo.
No olvides leer: ¿A qué hora empieza y termina el Día sin Carro y sin Moto este jueves 6 febrero?
Esta sanción está estipulada en el Código Nacional de Tránsito en la infracción C14: “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente”.
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A continuación, un post de la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) sobre el Día sin carro y sin moto:
Llegó el día de darle un respiro a la ciudad y movernos de manera diferente 🤩
— Movilidad Bogotá (@SectorMovilidad) February 6, 2025
Hoy #DíaSinCarroYSinMoto, iniciamos esta jornada conectando con Bogotá a través del Sistema de transporte público @TransMilenio. ✅️ pic.twitter.com/x7E1rOsN04
Día sin Carro y sin Moto : conoce las excepciones
Durante el Día sin carro y sin moto, habrá restricción para los carros particulares y motocicletas, pero se contarán con algunas excepciones específicas:
● Vehículos de transporte público
● Vehículos conducidos por personas con discapacidad o para su transporte
● Vehículos de emergencia
● Transporte escolar plenamente identificados
● Transporte con capacidad para movilizar a más de 10 pasajeros
● Vehículos para operativos de las empresas de servicios públicos
● Vehículos de transporte de valores
● Motocicletas de empresas, plataformas tecnológicas o establecimientos de comercio, que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio con la plena identificación.
● Vehículos destinados al control del tráfico y grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM).
● Caravana presidencial
● Vehículos militares, de Policía Nacional y de Organismos de Seguridad del Estado y CTI seccional Bogotá, así como los que estén acompañados por esquemas de seguridad de la Policía Nacional.
● Vehículos de servicio diplomático o consular
● Motocicletas de vigilancia y seguridad privada autorizadas
● Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección
● Vehículos propulsados por motores eléctricos o cero emisiones
● Carrozas fúnebres
● Vehículos destinados para el control operacional y mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público.
● Vehículos destinados al control de emisiones y vertimientos
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Los carros particulares de medios de comunicación con placa amarilla, vehículos de las academias de conducción, híbridos, los taxis con placa terminada en 3 y 4, así como aquellos con permiso de pico y placa solidario, no podrán circular.