Date el lujo de ser un campeón jugando el Sorteo Especial de septiembre de la Lotería de Bogotá, hoy jueves 26 de septiembre de 2024. Participa por un increíble premio mayor de $14.000 millones comprando tus fracciones o el billete del sorteo 2761.
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Además, tendrás la oportunidad de convertirte en uno de los afortunados ganadores de alguno de los 25 millonarios premios secos, un bono de $100 millones para el viaje de tus sueños, recambios y bonos en efectivo del emocionante Raspa y Gana Físico.
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Plan de premios - Actividad promocional raspa y gana sorteo 2761
Este promocional está dirigido a los clientes que adquieran billetes físicos preimpresos de la Lotería de Bogotá. El plan de premios del Juego Raspa y Gana está compuesto por:
- Un (1) premio de $5.000.000 MCTE
- Tres (3) premios de $1.000.000 MCTE
- Cinco (5) premios de $500.000 MCTE.
- Diez (10) premios de $200.000 MCTE.
- Cien (100) premios de $50.000 MCTE
- Cuarenta mil (40.000) premios de $3.000 MCTE
- Quince mil (15.000) premios de recambio Fracción de $6.000.
Los mismos se sortearán bajo la modalidad Raspa y Gana el cual consiste en un sistema Scratch Off1 impreso en el billete, que permitirá al cliente raspar e identificar de manera inmediata si es ganador de alguno de los premios contenidos en esta mecánica.
Mecánica de la actividad promocional
Al comprar el billete o fracción física del sorteo 2761 de la Lotería de Bogotá, el cliente encontrará un desprendible con un “Raspa y gana” en cada una de las fracciones que conforman el billete, el cual tendrá una casilla con un sistema scratch off cada una, la cual deberá ser raspada para descubrir si se es ganador, el cliente será ganador del premio respectivo si al aplicar el scratch off se observa alguno de los siguientes textos:
- Premio de $5.000.000
- Premio de $1.000.000
- Premio de $500.000
- Premio de $200.000
- Premio de $50.000
- Premio de $3.000
- Recambio fracción LDB
Cuando al raspar el sistema scratch off la fracción no resulte ganadora aparecerá un mensaje indicando:
- Intentalo de nuevo
Será ganador el poseedor de la fracción auténtica que raspe la casilla de juego, si ésta muestra alguno de los premios señalados en el presente reglamento ganará el premio indicado.
Vigencia de la actividad promocional
La reclamación del bono de $100 millones, contemplado en el presente reglamento deberá realizarse dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la realización del sorteo respectivo. Pasado este tiempo sin que haya sido reclamado el premio, se perderá el derecho sobre el mismo.
Para realizar la reclamación del premio, el ganador deberá, directamente en la Lotería de Bogotá, hacer entrega de los siguientes documentos:
- Billete original, debidamente diligenciado en el respaldo.
- Copia del documento de identidad.
- Formato de identificación de ganadores debidamente diligenciado con firma y huella en original.
- Certificación de cuenta bancaria.
- Autorización para que la Lotería de Bogotá realice el pago del premio en la cuenta certificada.
Los premios que componen la actividad promocional de Raspa y Gana, serán entregados al portador de la colilla ganadora, por tratarse de billetes o fracciones no personalizados.
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Los premios que componen la actividad promocional de Raspa y Gana, serán entregados al portador de la colilla ganadora, por tratarse de billetes o fracciones no personalizados.
La persona que resulte ganadora de premios con valor igual o inferior a un millón de pesos moneda corriente ($1.000.000) deberá solicitar su pago dentro de tres (3) meses siguientes a la realización del sorteo por intermedio de colocadores y distribuidores autorizados. Para lo cual, salvo para los premios de recambio, deberá presentar los siguientes documentos:
- Billete o colilla debidamente diligenciado en el respaldo.
- Copia de su documento de identidad.
La persona que resulte ganadora de premios con valor superior a un millón de pesos moneda corriente ($1.000.000) deberá solicitar su pago dentro de los tres (3) meses siguientes a la realización del sorteo, directamente en la sede de la organizadora. Si el ganador se encuentra fuera de Bogotá, D.C., podrá allegar los documentos, requeridos para el pago del premio, por medio de correo certificado. Para el cobro del premio deberá presentar los siguientes documentos:
- Billete o colilla debidamente diligenciado en el respaldo.
- Copia de su documento de identidad.
- Formato de identificación de ganadores debidamente diligenciado con
firma y huella digital. - Certificación bancaria
- Autorización para que la Lotería de Bogotá consigne el valor del premio en cuenta bancaria de la certificación bancaria que adjunta.
La Lotería de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1.2.5.1 del Decreto 1625 de 2016, aplicará retención en la fuente por ganancia ocasional cuando el valor del premio sea superior a 48 UVT.
No se recibirá billetes premiados con tachones o enmendaduras.
Nota 1: pasado el tiempo previsto para el cobro del premio sin que se haya realizado la reclamación respectiva se perderá el derecho sobre el mismo.
Nota 2: no se recibirá billetes premiados con tachones o enmendaduras.
Nota 3: esta mecánica solo será válida para todos los clientes que realicen la compra del billete o fracción físico preimpreso, en el sorteo estipulado en el presente reglamento.