Distrito busca extender la hora de rumba hasta las 5:00 de la mañana en Bogotá

Con este decreto se busca trabajar de la mano con los establecimientos legales de comercio y con la ciudadanía para combatir la rumba ilegal en Bogotá.

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Publicado por:
Cielo Fierro
21•Abr•2025

¡Aquí sí pasa! En Bogotá, mi Ciudad, mi Casa garantizamos la seguridad en los espacios de rumba de la capital.

Es por esto que, la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la Secretaría Distrital de Gobierno (SDG), publicó para comentarios de la ciudadanía el proyecto de decreto, que busca extender la hora de rumba de 3 de la mañana a 5 de la mañana en toda la ciudad.

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El secretario de Gobierno , Gustavo Quintero, aseguró que la ciudadanía puede hacer comentarios al proyecto de decreto que busca extender los horarios de bares, discotecas, canchas de tejo y otros establecimientos nocturnos a 5 de la mañana en toda Bogotá.

“Hasta el momento teníamos dos horarios: algunos establecimientos cerraban a las 3:00 a. m. Y otros a las 5:00 a. m. Eso generaba una carga en las capacidades de las autoridades”, aseguró el secretario de Gobierno, Gustavo Quintero.

Con esta medida se busca contrarrestar la presencia de establecimientos nocturnos que operaban de manera ilegal, después de la hora establecida del funcionamiento de establecimientos nocturnos en la ciudad. Las autoridades se concentrarán en combatir los denominados "amanecederos". De igual forma, se busca con la extensión del horario hasta las 5:00 a. m. mejorar la seguridad y el acceso a transporte público por parte de los asistentes a establecimientos nocturnos.

“Con este decreto, buscamos trabajar de la mano con los establecimientos legales de comercio y con la ciudadanía para que entre todos podamos combatir la rumba ilegal que tanto daño le genera a muchos jóvenes que habitan hoy la ciudad”, enfatizó el secretario Quintero.

El proyecto decreto indica en el artículo 1: "Horario para Expendio y consumo de Bebidas Alcohólicas y/o Embriagantes. El horario de funcionamiento para el ejercicio de actividades económicas de las personas naturales y jurídicas y aquellas enunciadas en el artículo 86 de la Ley 1801 de 2016, que involucren el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y/o embriagantes, será desde las diez de la mañana (10:00 a.m.) hasta las cinco de la mañana (5:00 a.m.) del día siguiente".

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El proyecto decreto estará publicado y se espera que todos los ciudadanos y ciudadanas hagan llegar sus comentarios.

"Queremos construir esto abiertamente con todos y con todas para que así podamos tener una rumba más sana en la ciudad de Bogotá”, concluyo el secretario de Gobierno, Gustavo Quintero.

Consulta el proyecto decreto haciendo clic, aquí. Allí también podrás hacer los comentarios frente a este proyecto decreto. 

Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por la Secretaría Distrital de Gobierno (SDG) http://www.gobiernobogota.gov.co . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá.
Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.