Por sus buenas prácticas y acciones de sostenibilidad, las empresas ubicadas en suelo de tipo industrial en Bogotá pueden acceder a un descuento en el impuesto predial, siempre y cuando cumplan con los requisitos y trámites.
Para obtener este beneficio, es necesario solicitar a la Secretaría de Ambiente, mediante un formato específico, la clasificación de bajo y medio impacto ambiental, teniendo como base el cumplimiento normativo ambiental que le aplique de acuerdo con la actividad desarrollada.
¿Cómo solicitar la clasificación de bajo y medio impacto ambiental para efectos del impuesto predial?
La Secretaría de Ambiente dispone de canales virtuales, telefónicos o presenciales para que los representantes de las empresas puedan realizar la solicitud del certificado de medio o bajo impacto ambiental. El plazo es hasta el 30 de septiembre de 2022.
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- Correos: atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co - sonia.cely@ambientebogota.gov.co
- Líneas: +60 318 6298934 - 318 3119279 - 318 7167852 - 318 8067103 - 318 4665621 - 318 5479224 - 318 8278703
- Sede principal: Avenida Caracas No. 54 - 38 (lunes a viernes 8:00 a. m. a 5:00 p. m.)
- Ventanilla virtual: https://www.secretariadeambiente.gov.co/ventanillavirtual/app
Si las empresas cumplen con los criterios para obtener la clasificación, la Secretaría de Ambiente se encargará de remitir la información a su par de Hacienda, para revisar y efectuar el descuento.
Ejemplos de clasificación de bajo y medio impacto ambiental
Para todos los parques empresariales, almacenes, fábricas o empresas del sector industrial, la tarifa que establece el Decreto 352 de 2002 para el pago del impuesto predial, según su impacto, son las siguientes:
- Alto impacto: 10 %
- Medio impacto: 9 %
- Bajo impacto: 8,5 %
En este sentido, pueden aplicar a un descuento por bajo impacto en el pago del impuesto predial las empresas ubicadas en predios de uso industrial que:
- Estén avaladas o certificadas en sistemas de gestión ambiental reconocidos,
- Participen en el Programa de Excelencia Ambiental Distrital (Pread) de la Secretaría de Ambiente.
- Estén aprobadas en el nivel III del programa Gestión Ambiental Empresarial (GAE) de la Secretaría de Ambiente.
- Cuenten con concepto sanitario vigente expedido por la Secretaría de Salud.
También, pueden aplicar a una tarifa diferencial de medio impacto aquellas organizaciones industriales que:
- Estén en proceso de certificación de sistemas de gestión ambiental reconocidos.
- Estén vinculadas al nivel II ¿ Producción sostenible programa Gestión Ambiental Empresarial (GAE) y cumpliendo con todos los compromisos.
- Se encuentren en el programa de Prevención Integral en Salud Ambiental (PISA) de la Secretaría de Salud.
- Estén tramitando el concepto sanitario vigente.